30/03/2020
Subvenciones para la implantación de teletrabajo

Concretamente, se subvencionará la consultoría o asistencia experta externa vinculada al desarrollo, definición e implantación de soluciones de conectividad e incorporación del teletrabajo, de planes de seguridad o contingencias, de planes de RRHH de conciliación, de planes gestión de la producción y la logística, y otros planes vinculados a la respuesta inmediata de la situación de referencia. También serán subvencionables, entre otras, aquellas instalaciones, medios y equipos, o materiales, de seguridad y conectividad necesarios:
- De comunicación, conectividad y sus redes (videoconferencia, etc.)
- Para el teletrabajo (PCs, tablets, impresoras, etc.)
- Seguridad perimetral informática (cortafuegos, VPN)
Serán subvencionables los gastos e inversiones realizados desde el día 1 de febrero de 2020 hasta el décimo día natural siguiente al día en que finalice la vigencia del estado de alarma, ambos incluidos. Se podrán beneficiar de este programa las personas físicas o jurídicas cuya actividad principal esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes de CNAE 2009:
- SECCIÓN C. INDUSTRIA MANUFACTURERA
- TRANSPORTE (H49.31 Transporte urbano y suburbano de pasajeros; H49.39 Otros tipos de transporte terrestre de pasajeros N.C.O.P; H49.4 Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza).
- HOSTELERÍA (I55.10 Hoteles y alojamientos similares; I55.30 Campings y aparcamientos para caravanas)
En Grupo Pancorbo, estamos a su disposición para proporcionarle todo lo necesario para que pueda teletrabajar (desde equipos informáticos hasta conectividad y seguridad) y le ayudamos a gestionar la subvención.





